23/01/2026 – Abrir un negocio con local en España: Licencias y trámites

Abrir un negocio con local físico es un paso ilusionante, pero también implica cumplir una serie de trámites administrativos y licencias que conviene conocer antes de subir la persiana. Una buena planificación evita retrasos, sanciones y gastos innecesarios.
En esta guía te explicamos qué necesitas saber antes de abrir un local, de forma clara y práctica.
1. Alta como autónomo o empresa: el punto de partida
Antes de cualquier trámite municipal, debes estar correctamente dado de alta:
- Alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037):
Aquí se declara la actividad, la ubicación del local y los impuestos aplicables (IVA, IRPF, etc.). - Alta en la Seguridad Social:
En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o, si es una sociedad, alta de administradores y empleados.
👉 Este paso debe hacerse antes del inicio efectivo de la actividad.
2. La licencia de apertura: clave para poder abrir el local
La licencia de apertura (o licencia de actividad) es un permiso del Ayuntamiento que autoriza el uso del local para una actividad concreta.
No todos los negocios necesitan lo mismo. Depende de:
- El tipo de actividad
- El tamaño del local
- Si genera molestias, riesgos o impacto ambiental
Tipos habituales de actividades
- Actividad inocua
No genera molestias ni riesgos (oficinas, pequeñas tiendas, despachos profesionales). - Actividad calificada
Puede ser molesta, insalubre o peligrosa (hostelería, talleres, peluquerías, bares, industrias). - Actividad exenta
En algunos casos muy concretos (sin atención al público).
⚠️ En actividades calificadas suele exigirse proyecto técnico firmado por un profesional.
3. Licencia de obras (si hay reformas)
Si el local necesita obras de acondicionamiento, será necesaria una licencia de obras municipal, incluso aunque las reformas sean pequeñas.
Ejemplos habituales:
- Adaptación a normativa sanitaria
- Cambios eléctricos
- Aseos, salidas de emergencia, accesibilidad
Nunca conviene hacer obras sin permiso: las sanciones pueden paralizar la apertura.
4. Comunicación de apertura del centro de trabajo
Una vez abierto el local, hay que comunicarlo a la autoridad laboral de la comunidad autónoma, normalmente:
- Dentro de los 30 días siguientes a la apertura
- Obligatorio aunque solo trabaje el titular
Este trámite está relacionado con la seguridad y salud laboral.
5. Libro de visitas e inspección de trabajo
Todo negocio con local debe disponer de un Libro de Visitas, actualmente en formato electrónico, para posibles inspecciones de trabajo.
Es un trámite sencillo, pero obligatorio.
6. ¿Y si voy a contratar personal?
Si vas a tener empleados, además necesitarás:
- Alta de la empresa como empleadora
- Contratos registrados en el SEPE
- Prevención de riesgos laborales
- Reconocimientos médicos, si procede
Aquí es donde muchos negocios se complican… y donde una asesoría marca la diferencia.
7. Cada Ayuntamiento es distinto (y esto es importante)
Un punto clave:
👉 Las licencias dependen del Ayuntamiento, y los requisitos pueden variar mucho de uno a otro.
Por eso es fundamental revisar cada caso concreto antes de abrir, no fiarse de lo que “le pidieron a otro negocio”.
Conclusión: abrir con seguridad desde el primer día
Abrir un negocio con local no es solo alquilar un espacio y empezar a trabajar. Requiere:
- Planificación
- Trámites bien hechos
- Licencias correctas desde el inicio
En Fistea acompañamos a autónomos y empresas antes, durante y después de la apertura, para que puedas centrarte en tu negocio con tranquilidad.
Abrir bien desde el principio es siempre más barato que corregir errores después.