Creación Sociedad Anónima
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¡El servicio contable puede cancelarse en cualquier momento!
Su socio para una gestión empresarial óptima.
Crear una empresa en España de manera inteligente.
Maximizamos sus deducciones fiscales.
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Fistea Asesoría de Empresas, S.L. se originó en Suiza en 2019 y, posteriormente, estableció su sede en España. Ofrecemos una gama integral de servicios de asesoría y gestión fiscal, auditoría, contabilidad, recursos humanos, relaciones laborales y asesoría jurídica, con especial atención a las PYMES y a los jóvenes emprendedores.
¿La sociedad anónima estará constituida con personas físicas o jurídicas?
Las personas físicas son individuos humanos, como los trabajadores por cuenta ajena, los empresarios individuales (autónomos) o los autónomos societarios. Por otro lado, las personas jurídicas son entidades legales con personalidad jurídica propia, como una sociedad anónima, una sociedad anónima, una asociación o una entidad pública.
Las sociedades pueden formarse tanto con personas físicas como jurídicas, lo que permite una mayor diversidad de recursos y habilidades para su funcionamiento. Indique si la sociedad se constituirá con personas físicas, jurídicas (entidades) o ambas. Para las dos últimas opciones, se requerirá la redacción de unos estatutos especiales.
Si designa a una persona jurídica (una denominación social) como socio, deberá nombrar a una persona física (nombre y apellidos) para su representación en el órgano de administración. Posteriormente (en el paso “Registro Mercantil y Estatutos Sociales”) asignará a una persona física para que actúe como su representante en dicho órgano.
Régimen matrimonial
El régimen matrimonial establece las reglas para la gestión de los bienes y las relaciones económicas entre los cónyuges durante el matrimonio.
Régimen económico de gananciales: Las ganancias obtenidas por cada cónyuge durante el matrimonio se aportan a un fondo común. Si se disuelve el matrimonio, estas ganancias se reparten entre los dos.
Régimen económico de separación de bienes: Cada cónyuge administra sus bienes de forma separada. No comparten las ganancias ni los beneficios durante el matrimonio.
Domicilio Social
El domicilio social es el centro de explotación de una empresa. Puede ser la oficina, local o fábrica donde se realiza la actividad económica de la empresa. La sede social es pública y se recoge en el registro mercantil. El domicilio social y fiscal pueden coincidir.
Afectación parcial
La afectación parcial se aplica cuando una vivienda se utiliza para fines empresariales o profesionales. Cuando un empresario individual o societario utiliza parte de su vivienda habitual para llevar a cabo su negocio, se produce la afectación parcial y se calcula el porcentaje de uso exclusivo para la actividad económica.
La afectación parcial permite deducirse gastos relacionados con la parte afecta de la vivienda a la actividad económica, como el alquiler o los suministros.
Metros cuadrados y porcentaje de metros cuadrados afectos a la actividad económica
Si realiza la actividad económica en una parte destinada del domicilio particular, indique el porcentaje de metros cuadrados que se destinen a la actividad económica.
Ejemplo: su vivienda habitual tiene un total de 150 m² y la actividad económica se realiza en una estancia de 45 m². Sería el 30% (45 × 100 / 150) de metros afectos.
Deberá indicar el total de metros cuadrados (150) y el porcentaje de metros afectos (30%).
¿Coincide el domicilio social con el domicilio fiscal?
El domicilio fiscal es el lugar donde se recibirán las notificaciones de la Agencia Tributaria y que figurará en las facturas. Si trabaja desde casa, en su residencia habitual, esta se considerará el domicilio fiscal. Si trabaja desde una oficina o local comercial, este lugar se establecerá como domicilio fiscal siempre que realice allí la gestión administrativa y dirección de su negocio.
Para los no residentes en España, el domicilio fiscal será donde se desarrolle la gestión administrativa y dirección de los negocios en territorio español.
¿Cuándo iniciará la actividad económica?
Normalmente el interés de retrasar la fecha de comienzo de operaciones a un momento determinado, obedece a motivos de la propia actividad o por razones fiscales.
¿Cuál es el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el que se clasifica la actividad
económica de su empresa?
El grupo o epígrafe en el que se clasifican las actividades económicas de las empresas está incluido en las tasas del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Este clasifica las obligaciones tributarias correspondientes a una actividad económica concreta y a un perfil tributario definido.
Para localizar nuestro IAE, siga estos pasos: haga clic en el enlace de la Agencia Tributaria. Introduzca una o varias palabras significativas de la actividad a clasificar (por ejemplo, arquitecto, electricista, artesanía del mármol, etc.) y pulse el botón de “Buscar”. A continuación, aparecerá la descripción de su actividad y el grupo o epígrafe (número) del IAE correspondiente.
Si pulsa en el botón “detalle”, se mostrará información adicional sobre la actividad y podrá localizar el número CNAE correspondiente, que será necesario para el siguiente paso.
Añadir otra actividad (Epígrafe IAE)
Si va a ejercer múltiples actividades, añada primero el epígrafe IAE de mayor relevancia y luego los siguientes.
¿En qué fecha se cerrará cada ejercicio social?
Indique si el cierre del ejercicio será a final de año (31 de diciembre) u otra fecha concreta. Si elige “en otra fecha concreta”, especifique la fecha —por ejemplo, 30 de junio.
¿Cuál va a ser la duración de la sociedad?
Si elige “Duración temporal”, escriba el plazo (por ejemplo: 45 días, 24 meses, 5 años). Este plazo comenzará a contar desde que se inicien las operaciones.
¿Cómo firmará ante el notario?
En Fistea le ofrecemos dos opciones para formalizar la constitución de su sociedad:
Por videoconferencia (firma electrónica notarial)
Este método es válido únicamente para Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) con aportación dineraria.
Presencialmente en una notaría cercana
⦁ Prepararemos todos los documentos fundacionales necesarios (estatutos sociales, certificación negativa de denominación social, certificado bancario, informe de aportación no dineraria, entre otros) y le proporcionaremos la cita en una notaría cercana.
⦁ Asumiremos los costes notariales, asegurándonos de que el notario esté informado de todo el proceso y de los datos de la sociedad. Los costes notariales estarán cubiertos hasta un capital social de 60.000 euros. Para aportaciones superiores, deberá abonarse la diferencia entre el pago del servicio de Fistea y los aranceles notariales que excedan este importe.
⦁ Usted y sus socios solo tendrán que acudir a la notaría elegida, donde firmarán la escritura en presencia del notario, quien posteriormente se encargará de enviar la escritura al Registro Mercantil para completar la inscripción.
Nos encargamos de facilitar todo el proceso para que tanto usted como sus socios puedan formalizar la sociedad de manera eficiente y adaptada a sus necesidades.
¿Cuál es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) en la que se clasifica su empresa?
Si ha seguido los pasos para localizar el IAE en el enlace de la Agencia Tributaria indicado en el paso anterior, habrá encontrado el número CNAE y la definición correspondiente a su actividad (por ejemplo: 6920, actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal).
Indique el código IBAN donde se domiciliará el pago de la cuota de autónomo societario
Indique el IBAN donde se domiciliará la cuota de autónomo societario del socio o administrador, junto con su nombre, apellidos y número de afiliación a la Seguridad Social.
Solo es necesario para quienes deban pagar la cuota del RETA.
¿Qué socios o administradores no tienen obligación de pagar cuota del RETA?
Si la participación del socio es inferior a una cuarta parte del total de las acciones sociales de la sociedad (menos del 25%), no tendrá obligación de estar dado de alta en el RETA y, por tanto, no tendrá obligación de pagar cuota de autónomo societario ni de ser autónomo societario. Además, si el socio reside en el extranjero, no está obligado a darse de alta como autónomo societario.
Es posible ser administrador de una sociedad sin ser autónomo. En el caso de una sociedad anónima, solo se tiene obligación de ser autónomo si se realizan labores de gerencia y se percibe remuneración por ello, además de poseer un 25% o más de las acciones sociales de la empresa. También deberá ser autónomo en el caso de poseer el 50% o más de las acciones sociales de la empresa, aunque no realice funciones de gerencia.
Puede domiciliar el pago de la cuota de autónomo societario tanto en la cuenta de la sociedad como en la cuenta personal (esto último es lo más habitual). Hay que tener en cuenta que si es administrador y no cobra de la sociedad porque el cargo es gratuito y no realiza ningún otro trabajo para ella, y, además, domicilia el pago de la cuota en la cuenta de la sociedad, este gasto no será fiscalmente deducible, aunque deberá estar contabilizado. Habrá que hacer un ajuste positivo en el impuesto de sociedades para que la partida quede sujeta a tributación.
El código IBAN es un código alfanumérico de 24 caracteres que identifica una cuenta bancaria en una entidad financiera en cualquier parte del mundo (Ejemplo: ES87 0182 6112 1988 0647 9323).
¿En qué base de cotización del RETA elige cotizar?
Esta cuota cubre las situaciones de asistencia sanitaria (sanidad pública), incapacidad temporal y baja por maternidad, y determina la cuantía de la pensión de jubilación. Según elija cotizar por la base “máxima” o “mínima”, tendrá un tipo de prestación u otro en caso de baja o incapacidad. Cobrará menos por cotizar por la mínima y por pagar una cuota de autónomo societario más baja. La cuota de autónomo societario se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,20% a la base de cotización que elija:
Mínima: Si su rendimiento económico neto mensual es menor o igual a 670 €, equivaldría a una base de 751,63 €, y sobre esta base se aplicará el 31,20%, que serían 234,50 € de cuota mensual.
Máxima: Si su rendimiento económico neto mensual es menor o igual a 670 €, equivaldría a una base de 849,66 €, y sobre esta base se aplicará el 31,20%, que serían 265,09 € de cuota mensual.
Se establecen 15 tramos de cotización en los que, como autónomo, se ubicará en función del rendimiento neto mensual.
¿Cuál será la mutua donde la Seguridad Social delegue la gestión de bajas del autónomo?
La Seguridad Social delega en las Mutuas la gestión de las bajas de los autónomos. Este enlace le llevará a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Escoja una de ellas e indique en la casilla el nombre de la Mutua seleccionada. También puede elegir cualquier otra Mutua que no esté en esta lista si lo prefiere, y será igualmente válida.
¿Va a contratar trabajadores en el momento del inicio de la actividad económica?
Si va a contratar trabajadores en el momento del inicio de la actividad económica se necesitará aportar un contrato de trabajo.
¿Necesita que redactemos un contrato de trabajo?
Si necesita la redacción de un contrato de trabajo se aplicarán los costes incurridos del servicio por la redacción del contrato de trabajo (150 €).
¿Qué órgano de administración tendrá la sociedad?
El órgano de administración de la sociedad es el departamento o grupo de personas responsables de todas las acciones de la sociedad relativas a alcanzar su objetivo social (actividad económica). Se trata, por tanto, de una función de gestión y representación cuya estructura se define en los estatutos.
Administrador único: Una única persona compondrá el órgano de administración y será quien tome las decisiones sobre el rumbo de la sociedad.
Administradores solidarios: Estarán formados por, al menos, dos personas con facultad de firma, quienes podrán actuar de manera independiente, sin necesidad de que el otro esté presente ni que sea necesaria su firma para efectuar cualquier acto que vincule a la sociedad.
Administradores mancomunados: Estarán formados por, al menos, dos personas y no podrán actuar sin la intervención y firma de al menos dos administradores mancomunados. Se evita así la concentración total de poder en una sola persona.
Consejo de administración: Estará compuesto, como mínimo, por tres miembros y un máximo de hasta doce. Se requerirá tener un presidente y un secretario. Se podrá nombrar a un vicepresidente y un vicesecretario para ayudar en las labores de gestión. Las decisiones se adoptan por mayoría absoluta de los consejeros asistentes a la sesión. En caso de empate, el presidente puede decidir (esto último debe especificarse en los estatutos sociales). Si opta por este órgano de administración, será necesario redactar estatutos personalizados, lo que podría prolongar ligeramente el proceso de constitución de la sociedad.
Complete los datos de los consejeros
Una persona jurídica puede ser presidente del consejo de administración si designa a una persona física para representarla en ese cargo.
Si designó como socio a una persona jurídica (una denominación social) deberá añadir una persona física como presidente (nombre y apellidos).
La razón de que sea así es que las personas jurídicas no pueden firmar documentos ni tomar decisiones ejecutivas directamente, además, estos cargos implican responsabilidades legales y representación ante terceros que requieren personalidad física.
Ejemplo:
Socio Fundador 1 (persona jurídica), Fistea SL, presidente Ángel Cruz García.
Socio fundador 2 (persona jurídica), BBVA SA, secretario, Carlos Torres Vila.
Complete los datos del administrador único / solidarios / mancomunados
Una persona jurídica puede ser administrador de la junta directiva si designa a una persona física para representarla en ese cargo.
Si designó como socio a una persona jurídica (una denominación social) deberá añadir una persona física como administrador (nombre y apellidos).
La razón de que sea así es que las personas jurídicas no pueden firmar documentos ni tomar decisiones ejecutivas directamente, además, estos cargos implican responsabilidades legales y representación ante terceros que requieren personalidad física.
Ejemplo: Administrador, Fistea SL, administrador Ángel Cruz García.
¿Qué estatutos quiere que regulen su empresa?
Estatutos tipo (más rápidos y económicos)
⦁ Permiten constituir la empresa de forma presencial ante notario (la videofirma no está disponible para S.A.).
⦁ Sin coste adicional.
⦁ Duración estimada: 7–10 días hábiles (según disponibilidad de la notaría y el Registro Mercantil).
Requisitos legales asociados a los estatutos tipo:
⦁ Capital social mínimo: 60.000 € (debe estar desembolsado al menos en un 25% en el momento de la constitución).
⦁ Puede haber uno o varios socios, sean personas físicas o jurídicas.
⦁ Órgano de administración: administrador único, varios solidarios, mancomunados o consejo de administración.
⦁ La fecha de cierre del ejercicio social será el 31 de diciembre.
⦁ Puede añadirse un pacto de accionistas para regular acuerdos internos sin necesidad de modificar los estatutos.
Estatutos personalizados (más flexibles)
⦁ Incluyen cláusulas especiales adaptadas a su empresa.
⦁ Coste adicional: 350 €.
⦁ Duración estimada: 10–15 días hábiles, según disponibilidad de la notaría y el Registro Mercantil.
¿Los administradores deberán ser socios?
Es posible que los administradores sean ajenos a la sociedad, aunque lo más habitual es que se trate de algunos de los socios de la misma.
¿Cuánto durará el cargo de los administradores?
El cargo de los administradores puede ser indefinido o por un tiempo establecido previamente en los estatutos. Si elige “otro plazo” indique cuál será la duración.
¿El cargo del administrador será retribuido o gratuito?
Lo habitual es que el cargo de administrador sea gratuito, aunque se puede optar por que el administrador sea retribuido por ejercer el cargo.
¿En qué consistirá la retribución del administrador?
Si la intención es fijar algún tipo de remuneración a la labor del administrador por el cargo, señala la opción elegida. Es muy importante que quede claramente reflejado en los Estatutos.
¿Cómo se va a retribuir a los administradores?
Especifique el sistema de remuneración para los administradores, por ejemplo, una cantidad equivalente a 3 veces el salario mínimo interprofesional.
Los sistemas de remuneración mencionados no son limitativos; se pueden establecer otros sistemas. También es posible combinar varios de los sistemas mencionados o acordar otros entre los socios.
¿Cómo se realizará la convocatoria de la junta?
Puede elegir cómo se convoca la Junta. El BORME es el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
¿Dónde se celebrará la junta?
Elige si la junta se celebrará en el municipio del domicilio social o en otro lugar. Las juntas de la sociedad anónima (SA) deben celebrarse en el lugar indicado en los estatutos sociales, que puede coincidir o no con el domicilio social, el principal establecimiento o explotación, o el centro efectivo de administración y dirección de la sociedad.
Indique 5 denominaciones sociales para su empresa
La denominación social es el nombre que recibe una empresa y la que la hace única con respecto a las demás sociedades mercantiles. El registro de la denominación social en el Registro Mercantil Central (RMC) acreditará que ninguna otra sociedad en España tenga la misma denominación (nombre).
Se le presentarán 5 nombres (denominaciones) al RMC y elegirá por orden de su preferencia una denominación que ninguna sociedad esté utilizando.
Ejemplo:
¿Cuál va a ser el capital social, en cuántas acciones se divide y cuál es su valor nominal?
El capital social no podrá ser inferior a 60.000 € y deberá estar totalmente suscrito en el momento de la constitución de la sociedad y desembolsado en un 25% al menos. Indique la cantidad total del capital social (por ejemplo: 60.000). Escribe el número de acciones en que está dividido el capital social (por ejemplo: 5.000). Escribe el valor nominal de cada participación (por ejemplo: 12).
El valor nominal es un submúltiplo de la cifra del capital social. La suma del valor nominal de todas las acciones equivale a la cifra del capital social. Por ejemplo, suponiendo una sociedad con un capital social de 60.000 €, el cual se halla dividido en 5.000 acciones, el valor nominal de cada acción es de 12 €. Si un socio tiene 2.500 acciones con valor nominal de 12€ cada una, equivaldría al 50% de acciones sociales.
Las acciones sociales que haya en el momento de la fundación deben de estar distribuidas entre los socios en su totalidad.
Número de acciones sociales de cada socio
En caso de que la aportación del capital social sea menor al mínimo de 60.000 €, cuando la Sociedad Anónima de Fundacion Sucesiva reuna los 60.000 € mínimos, las acciones sociales se repartirán en proporción a las que se han repartido en estos momentos por cada socio.
Ejemplo: En el momento de la fundacion se han aportado 1.000 € de capital social con un valor nominal de 10 € por acción, que hacen un total de 100 acciones. El socio 1 tiene 70 acciones sociales (el 70%), el socio 2 tiene 20 acciones (el 20%) y el socio 3 tiene 10 acciones (el 10%). Cuando se constituyan los 3.000 € del capital social minimo y la Sociedad Anónima de Fundacion Sucesiva pase a llamarse Sociedad anónima, el socio 1 tendrá 210 acciones sociales (el 70%), el socio 2 tendrá 60 acciones (el 30%) y el socio 3 tendrá 30 acciones (el 10%).
¿Cómo va a aportar el capital social de su empresa?
El capital social puede constituirse mediante aportaciones dinerarias o no dinerarias (en especie).
Aportación dineraria: En euros (o convertida a euros). Debe depositarse en metálico y acreditarse con un certificado bancario.
Desde la ley 11/2018 no es necesario acreditar ante notario la aportación dineraria si los socios asumen responsabilidad frente a sociedad y acreedores.
Aportación en especie: Bienes o derechos valorados económicamente (ordenadores, mobiliario, vehículos, créditos, etc.).
El notario describe estas aportaciones en la escritura, indicando datos registrales, valor en euros y acciones atribuídas. Para valores cotizados, se adjunta certificado de la entidad rectora.
Dirección privada y datos personales
Introduce tus datos personales como usuario que realiza el pedido y pago.
Estos datos se usarán para emitir factura, cumplir obligaciones legales y contactarte.
El usuario puede ser el propio fundador o un tercero (gestor, abogado, colaborador).
Si ya rellenaste datos antes, pueden aparecer automáticamente; revísalos y modifícalos si hace falta.
¿Cuál será la entidad bancaria donde depositará el capital social de la empresa?
Si ha elegido beneficiarse del bono de colaboración con BBVA, por favor seleccione esta entidad bancaria.
¿Tiene un certificado acreditativo de la nueva cuenta bancaria y del capital social aportado?
Seleccione “Sí” únicamente si ya ha abierto una cuenta bancaria a nombre de la nueva sociedad y dispone del certificado bancario que acredita el ingreso del capital social (por ejemplo, 3.000 €).
Si aún no ha abierto la cuenta —por ejemplo, si ha seleccionado el bono de BBVA—, marque “No”.
Nosotros le ayudaremos a abrir la cuenta y obtener el certificado en el momento adecuado del proceso.
¿Las acciones son nominativas o al portador?
Si las acciones son nominativas, el nombre del dueño de la acción aparece en el documento. Si son al portador, el dueño es quien la posee en ese momento. En función del tipo de acción, la forma de trasmitirlas y cederlas es diferente.
Las acciones nominativas se trasmiten mediante un contrato de cesión y las acciones al portador se trasmiten mediante la simple entrega de las acciones (titulo) al adquiriente.
Selecciona el tipo de usuario que realiza el pedido y completa los datos a continuación: